- Reunir los requisitos para asociarse conforme a lo establecido por la Ley y Reglamentos para del Fondo de Empleados.
- Ser admitido por la junta directiva previa solicitud escrita.
- Autorización escrita para que la entidad a la que pertenezca el empleado solicitante, descuente de su salario con destino a Fodecom, el valor correspondiente a los aportes sociales y ahorros permanentes establecidos y a cualquier obligación posterior que el asociado contraiga con el Fondo.
- Autorización permanente e irrevocablemente al pagador de la entidad correspondiente para que descuente de sus ingresos los valores derivados de los compromisos que consten en los documentos pertinentes.
- Proporcionar toda la información que requiera Fodecom, la cual puede ser verificada.
- Acogerse a las normas de los presentes Estatutos y de los reglamentos del Fondo.
- Pagar un valor no rembolsable equivalentes al salario base del empleado: A. Salario base menos o igual a $1.300.000: el 5% de SMMLV, B. Salario base entre $1.300.001 y $2.600.000: el 7% de SMMLV y C. Salario base superior o igual a $2.600.001: el 9% de SMMLV.
- Participar en los procesos de inducción sobre los principios básicos del cooperativismos/solidaridad, especialmente de los fondos de empleados características del acuerdo cooperativo, forma de operación, gobierno y servicio de Fodecom.
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